viernes, 29 de febrero de 2008

Homenaje a la mujer trabajadora

El próximo dia 8 de marzo es el "Dia de la Mujer Trabajadora" y desde este blog pretendemos rendir un sencillo y sincero homenaje a nuestras compañeras.

En los próximos dias iremos publicando manifiestos, videos y haremos un poco de historia sobre los orígenes.

Queremos resaltar:

1- El 8 de marzo no es un día "festivo", es "reivindicativo".
2- Juntos y juntas hacemos la igualdad.

Ningún otro mundo es posible y mucho menos "mejor" sin las ideas, el coraje y la organización de las mujeres.

Un primer video de homenaje:

Los beneficios del grupo Konecta

"MADRID, 26 (EUROPA PRESS)
Grupo Konecta, líder español en el sector del BPO (externalización de procesos de negocio), continuó su línea de crecimiento y diversificación de negocio y alcanzó en 2007 una facturación de 251,3 millones de euros, un 14,2% más que en el ejercicio anterior, según informó hoy la compañía en un comunicado.

El beneficio bruto de explotación antes de amortizaciones (Ebitda) creció un 37,48%, hasta situarse en 22,7 millones. En términos de rentabilidad, el margen de Ebitda ha sido del 9%, 1,5 puntos superior al registrado en el ejercicio 2006.

El crecimiento experimentado en el Ebitda se debió a la óptima diversificación geográfica y de las líneas de negocio de Grupo Konecta y el fuerte crecimiento de los servicios de empleo, resaltó la compañía.

Otro factor favorable fue la incorporación a las cuentas consolidadas del Grupo del acuerdo estratégico con Synapsis (Grupo Endesa) en Chile, así como la política de contención de gastos. El resultado neto de explotación (Ebit) de la compañía aumentó el 62,39% hasta los 15 millones de euros."

NOTA: No son extraños estos resultados con lo ratas que son y lo poco que se gastan en productos de limpieza en algunos baños.

Así recibió la noticia el Consejo de Administración

Canal UGT

Hemos añadido un nuevo vínculo permanente en nuestro blog: www.canalugt.tv.

Está situado en la parte derecha del blog debajo del email de contacto.

Aquí encontrareis información sobre el mundo sindical actualizada permanentemente.

lunes, 25 de febrero de 2008

Jefes tóxicos



Fumar acorta la vida cinco años. Y soportar a un jefe tóxico la acorta en diez. Por tanto, si eres fumador/a empedernido/a y aguantas a uno de estos cenutrios, tus allegados deberían encargarse un traje negro.

Narcisistas, prepotentes, mediocres o desequilibrados que irradian malestar y son dañinos para la salud. A menudo tienen complejo de inferioridad y falta de autoestima. Psicópatas que convierten las empresas en campos de concentración.

Según el "Informe Cisneros" (dirigido por el psicólogo Iñaki Pañuel profesor de Universidad y especializado en prevención de riesgos psicosociales) el 36 % de los trabajadores consideran tóxicos a sus superiores y los enviarían al psiquiatra.

Jefes tóxicos son aquellos que quieren conseguir resultados rápidos a costa del desgaste y destrucción del empleado. Ni ayuda ni estimula. Ni coordina ni alienta. Envenena, destruye y humilla a los empleados. Los carboniza.

Algunos tipos de jefes tóxicos son:

- Narcista. Reclama admiración de sus empleados. Todo el mérito es suyo. Su vanidad le mueve a ser el centro de atención y a creerse el artífice de los logros obtenidos por su equipo.

- Psicópata. Miente compulsivamente. Es frio ,calculador y capaz de tratar despóticamente a sus subordinados.

- Paranoide. Cree que todo el mundo va a perjudicarle. Su inseguridad y desconfianza le llevan a cuestionar sistemáticamente el trabajo y la conducta de sus colaboradores, generando negatividad en su entorno.

Un buen jefe tiene que ser honesto y creible. Debe predicar con el ejemplo, ser proactivo, saber motivar, ser competente y saber de lo que habla.

También hay “compañeros tóxicos” (manzanas podridas o matones de oficina) pero ya hablaremos de ellos otro día.

Desde la Sección Sindical de UGT estamos muy sensibilizados con este tema y especialmente comprometidos en detectar y erradicar este tipo de actitudes en Konecta BTO. Nos va la salud en ello.

jueves, 21 de febrero de 2008

Primer Congreso Ordinario de afiliados y afiliadas de Konecta BTO

Se ha celebrado el Primer Congreso Ordinario de afiliados y afiliadas de UGT para conformar la Sección Sindical de KONECTA BTO, S.L. para elegir la Comisión Ejecutiva de Catalunya que durante los próximos cuatro años representará a UGT en KONECTA BTO, S.L.

Tras animado debate se ha procedido a votación secreta y se ha elegido a:

Comissió Executiva de Catalunya de la Secció Sindical de la UGT de Catalunya a KONECTA BTO, S.L.

Sec. General: Mónika Benito
Sec. Organització: Mónica García
Sec. Adjunta Organització: Toñi García
Secc. Acció Sindical: Manoli Carmona
Secc. Adjunta a Acció Sindical: Paco Castro
Sec. Salut Laboral: Fina Jorba
Sec. Formació i Adminístració: Angel Reyes
Vocals: Montse Galván
Antonio García

Delegació al Congrés Estatal de la Secció Sindical de la UGT de Catalunya a KONECTA BTO, S.L.

Titulars: Mónika Benito
Mónica García
Toñi García
Manoli Carmona
Paco Castro

Suplents: Fina Jorba
Angel Reyes
Montse Galván
Antonio García





Derecho de información

Texto refundido de la "Ley del Estatuto de los trabajadores", Sección segunda. Derechos y deberes laborales básicos, Apartado 4- Derechos Laborales, G/ Información, consulta y participación de los trabajadores.

Recordamos esto porque ultimamente ciertas actitudes y maniobras de la empresa parecen encaminadas a , subrepticiamente, socavar el derecho a informar y ser informados de sindicatos y trabajadores.

Al Consejo de Administración, directivos y demás lacayos del Grupo Konecta, advertimos: no vamos a renunciar a ninguno de nuestros derechos.

A ellos, con todo nuestro cariño, va dedicado el siguiente video.

miércoles, 20 de febrero de 2008

La chapuza nacional

Siguiendo la estela de preclaros pioneros como "Pepe Gotera y Otilio" y "Benito y Manolo Corporeison" el Grupo Konecta sigue apostando decididamente por la excelencia chapuceril. Es de suponer que tan hispánico acerbo habrá dejado pasmado al mundo mundial en la externalización de servicios del grupo.

Aquí teneis una muestra de las punteras instalaciones del grupo en Bruc. Continuará.




Informació d'interés per a tot el personal

HORARIS I TORNS:
Article 27 del Conveni

Tots els treballadors han d’estar adscrits a un torn, matí, tarda, partit o nit.
- Torn de matí: 07h a 16h.
- Torn de tarda: 14h a 24h (acord del comité al Tribunal Laboral de Catalunya)
- Torn de nit: 22h a 8h.
- Torn partit: 9h a 20h (acord del comité al Tribunal Laboral de Catalunya, s’acorda la possibilitat de realitzar-lo seguit, per a les jornades superiors a les 6h diaries o 30h setmanals)
Es poden variar els horaris dins de les bandes fixades, sempre i quan es preavisi al treballador, per escrit amb 7 dies d’antelació.

Els horaris han d’estar sempre visibles per a tot el personal.

HORES MèDIQUES:
Article 29.2 del Conveni

Els treballadors tenen dret a 35h retribuïdes a l’any, per assitir a consultes mèdiques a la seguretat social. SENTÈNCIA DE L’AUDIÈNCIA NACIONAL: “el art. 29.2 no faculta a la empresa a establecer unilateralmente los requisitos que ha de tener la “justificación oportuna” sancionando con la invalidez los supuestos que se aparte de lo fijado por ella, pues en la práctica tal actuación comporta el establecimiento de límites –tanto respecto del desarrollo en el tiempo de la consulta médica correspondiente, que no está en manos del trabajador, como con relación a los tiempos de desplazamiento, que no siempre podrán ajustarse al parámetro prefijado por la empresa”

”. Por ello, se declara el derecho de los trabajadores a disfrutar del permiso retribuido de las 35 horas médicas tal y como contempla el Convenio Colectivo de Contact Center, sin más requisitos o limitaciones que las que constan en dicho texto, sin que la empresa pueda establecer unilateralmente condiciones adicionales al disfrute de este derecho.


CAPS DE SETMANA:
Article 26 del Conveni

Es garantitza al treballador el poder gaudir de com a mínim dos caps de setmana al mes. A aquests efectes es considera cap de setmana el període de 48h comprés entre les 00h del dissabte i les 24h del diumenge.

FESTIUS, FESTIUS ESPECIALS I DIUMENGES:
Article 49 del Conveni

El treballador que presti el seus serveis en qualsevol dels 14 dies festius de l’any, a part de rebre un dia de lliure compensació, rebran el càrrec de festius.

Els festius especials són:
- 25 de desembre
- 1 de gener
- 6 de gener
- també tindran aquest concepte els dies 24 i 31 de desembre a partir de les 20h.

Quan el festiu especial coincideixi en diumenge, prevaleix el festiu especial.

PERMISOS RETRIBUÏTS:
Article 29 del Conveni

Els treballadors, previ avis i justificació , podran absentar-se de la feina, amb dret a retribució, i desde que ocasioni el fet causant, per algún dels motius i el temps següents:
- 15 dies naturals en cas de matrimoni.
- 3 dies en cas de naixement d’un fill.
- 3 dies en cas d’accident, malaltia greu o hospitalització, intervenció quirúrgica sense hospitalització que precisi repòs domiciliari, de parent fins al segon grau de consanguinitat o afinitat, germans polítics, que seràn gaudits de forma continuada dins dels 10 dies naturals, contats a partir del dia en que es produeixi el fet causant, inclusivament.
- 4 dies en cas de defunció de cònjuge, pares, pares polítics, fills i germans i 2 dies en cas de defunció, de parent fins el segon grau de consanguinitat o afinitat i germans polítics. (ambdós suposits, sempre que es necessiti fer un desplaçament de 200km o superior, els permisos augmentaran un dia més de l’assenyalat en cada cas)
- 2 dies trasllat del domicili habitual que no seràn acumulables a la llicencia per matrimoni.
- Temps indispensable per el cumpliment d’un deber inexcusable de caràcter públic i personal.
- 1 dia natural per matrimoni de pare, mare, fill o germà, en la data de celebració de l’event.


EXCEDÈNCIES:
Article 31 i 32 del Conveni


- Excedència especial, treballadors que tinguin una antiguitat mínima d’un any en l’empresa, tindran dret a gaudir d’una excedència especial sense sou per un màxim d’un mes i per un sol cop a l’any. Alternativament, la citada excedència podrà ser fraccionada en dos períodes màxims de 15 dies naturals, un en cada semestre de l’any. A la finalització de l’excedència el treballador s’incorporarà de manera inmediata al seu lloc de treball i sense que sigui necessària la existència de vacant.
- Excedència voluntaria (art.46 E.T), treballadors amb una antiguitat mínima d’un any en l’empresa, tenen dret a sol.licitar excedència voluntaria per un termini no menor a 4 mesos i no major a 5 anys. Aquest dret només podrà ser exercitat un altre cop per el mateix treballador si han transcorregut 4 anys des de la finalització de l’anterior excedència voluntaria.
- Excedència per cura de familiars,
1. Els treballadors tindran dret a un període d’excedència de duració no superior a tres anys per atendre la cura de cada fill, (ja sigui per naturalesa, adopció, acolliment,), a comptar des de la data de naixement, o en el seu cas, de la resolució judicial o administrativa.
2. També tindran dret a un període d’excedència no superior a dos anys, els treballadors per atendre la cura d’un familiar fins el segon grau de consanguinitat o afinitat, que per raons d’edat, accident o malaltia no puguin valdre-se per si mateixos i no ocupi activitat retribuïda.

Per a qualsevol dubte o aclaració, estem a la vostra disposició.

Los lavabos de Ausias







Se les debería caer la cara de vergüenza. Pero no tienen. Desde el comité ya hemos tomado las medidas pertinentes denunciando donde hay que denunciar.

Mientras tanto, eso si, cada vez que utilicemos los servicios podemos acordarnos de todo el árbol genealógico de los responsables.

lunes, 18 de febrero de 2008

Comunicado a todos los trabajadores

Recientemente una ex-trabajadora de esta empresa nos ha informado de ciertas irregularidades detectadas en las cotizaciones a la seguridad social que la empresa le aplicó durante un periodo de baja médica.

Desde el comité de empresa recomendamos a todas aquellas personas que hayais causado baja médica por un largo periodo que os dirijais a vuestra oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social para verificar que las cotizaciones aplicadas sean correctas.

Si detectais cualquier irregularidad no dudeis en contactar con nosotros/as.

Gracias por vuestra colaboración.

El comité de empresa