miércoles, 30 de mayo de 2012
miércoles, 2 de mayo de 2012
Faltas y sanciones
El tema de faltas y sanciones se está poniendo de moda, sobre todo en servicios como ONO, así que para que a nadie tenga dudas sobre esto, vamos a hacer un resumen de lo que contiene el CONVENIO al respecto. Art. 71 Convenio Contact-Center.
En primer lugar, las faltas se clasifican en:
- Leves
- Graves
- Muy graves
Independientemente de los motivos que pueda utilizar la empresa para sancionar, lo que hemos de tener claro, es lo que implica cada una de estas faltas.
Las faltas leves pueden consistir en; amonestación verbal, amonestación escrita o bien, suspensión de empleo y sueldo de hasta 2 días. Es de vital importancia, que sepáis, que las faltas leves prescriben a los 10 días!
Las faltas graves, se pueden sancionar con suspensión de empleo y sueldo de 1 a 10 días. Estas faltas prescriben a los 20 días!
Las faltas muy graves, es la utilizada por la empresa para el despido ( disciplinario), pero además del despido puede traer una suspensión de empleo y sueldo de 11 días a 3 meses. Este tipo de faltas prescribe a los 60 días!
Ya veréis, en las sanciones que la empresa entrega, que siempre utiliza la categoría de falta grave, asi que es MUY IMPORTANTE mirar la fecha de entrega de la sanción y las fechas donde se comete el error por parte del trabajador!
Intentad recordar los plazos de prescripción de las faltas para que no nos pillen con el carrito del helao!!!!!
Pedid siempre la presencia de un delegado y en caso de duda: NO CONFORME
Sección Sindical de UGT en Konecta BTO
En primer lugar, las faltas se clasifican en:
- Leves
- Graves
- Muy graves
Independientemente de los motivos que pueda utilizar la empresa para sancionar, lo que hemos de tener claro, es lo que implica cada una de estas faltas.
Las faltas leves pueden consistir en; amonestación verbal, amonestación escrita o bien, suspensión de empleo y sueldo de hasta 2 días. Es de vital importancia, que sepáis, que las faltas leves prescriben a los 10 días!
Las faltas graves, se pueden sancionar con suspensión de empleo y sueldo de 1 a 10 días. Estas faltas prescriben a los 20 días!
Las faltas muy graves, es la utilizada por la empresa para el despido ( disciplinario), pero además del despido puede traer una suspensión de empleo y sueldo de 11 días a 3 meses. Este tipo de faltas prescribe a los 60 días!
Ya veréis, en las sanciones que la empresa entrega, que siempre utiliza la categoría de falta grave, asi que es MUY IMPORTANTE mirar la fecha de entrega de la sanción y las fechas donde se comete el error por parte del trabajador!
Intentad recordar los plazos de prescripción de las faltas para que no nos pillen con el carrito del helao!!!!!
Pedid siempre la presencia de un delegado y en caso de duda: NO CONFORME
Sección Sindical de UGT en Konecta BTO
miércoles, 25 de abril de 2012
miércoles, 21 de marzo de 2012
miércoles, 14 de marzo de 2012
KONECTA BTO IMPONE EL DESPIDO DISCIPLINARIO
La Reforma Laboral llega a Konecta BTO en forma de despidos!!!!
Esta empresa está utilizando esta Reforma para deshacerse de trabajadores a través del despido disciplinario!
Este despido consiste en acumular una sucesión de faltas graves del trabajador (ausencias, retrasos, incidencias en operativa, etc.) para utilizar la suma de éstas como motivo de despido.
YA ESTÁ AQUÍ EL DESPIDO GRATIS!!!! Un disciplinario conlleva únicamente un finiquito de las vacaciones y parte de pagas extras devengadas hasta la fecha, por tanto, no existe ningún tipo de indemnización, liquidación y al paro!!!!!!
Desde la Sección Sindical de UGT en Konecta BTO, continuamos con nuestra obligación de informar a nuestros compañeros del funcionamiento de la empresa y ahora, desgraciadamente, de CÓMO ACTUAR EN CASO DE DESPIDO DISCIPLINARIO:
En primer lugar, ante un despido, la empresa os ofrecerá la asistencia de un representante de los trabajadores, estamos para eso, pedid la representación de un delegado ante todo. Ya nos conocéis, sabéis dónde encontrarnos, así que no lo dudéis.
En segundo lugar, ante una carta de despido disciplinario, existen dos opciones:
1. Firmar. Con lo cual, recibes tu finiquito y reconoces las causas del despido disciplinario y a la calle! sin más!
2. Firmar NO CONFORME. En este caso, tú recibes tu finiquito exactamente igual, pero te guardas la potestad de denunciar a la empresa para que te reconozcan el despido improcendente y poder cobrar vuestra indemnización correspondiente.
No os quedéis de brazos cruzados! Firmar NO CONFORME os dará derecho a reclamar lo que os pertenece!
Digamos NO a esta Reforma! No al despido gratis! No a la destrucción de empleo!
!!!!!! CONTRA LA REFORMA LABORAL, HUELGA GENERAL!!!!!!
Consultad cualquier duda que tengáis a vuestros delegados de la Sección Sindical de UGT!!!!.
Miembros de la Sección Sindical de UGT en Konecta BTO:
Teresa Capilla, Fina Jorba, Gemma Cabrera, Montse Galvan, Antonio Garcia, Nati Martín, Esther Villalba, Juan Carlos Cano, Manoli Carmona.
http://ugt-agmkonectabto.blogspot.com
ugtkonectabcn@gmail.com
facebook.com/ugtkonectabcn
Esta empresa está utilizando esta Reforma para deshacerse de trabajadores a través del despido disciplinario!
Este despido consiste en acumular una sucesión de faltas graves del trabajador (ausencias, retrasos, incidencias en operativa, etc.) para utilizar la suma de éstas como motivo de despido.
YA ESTÁ AQUÍ EL DESPIDO GRATIS!!!! Un disciplinario conlleva únicamente un finiquito de las vacaciones y parte de pagas extras devengadas hasta la fecha, por tanto, no existe ningún tipo de indemnización, liquidación y al paro!!!!!!
Desde la Sección Sindical de UGT en Konecta BTO, continuamos con nuestra obligación de informar a nuestros compañeros del funcionamiento de la empresa y ahora, desgraciadamente, de CÓMO ACTUAR EN CASO DE DESPIDO DISCIPLINARIO:
En primer lugar, ante un despido, la empresa os ofrecerá la asistencia de un representante de los trabajadores, estamos para eso, pedid la representación de un delegado ante todo. Ya nos conocéis, sabéis dónde encontrarnos, así que no lo dudéis.
En segundo lugar, ante una carta de despido disciplinario, existen dos opciones:
1. Firmar. Con lo cual, recibes tu finiquito y reconoces las causas del despido disciplinario y a la calle! sin más!
2. Firmar NO CONFORME. En este caso, tú recibes tu finiquito exactamente igual, pero te guardas la potestad de denunciar a la empresa para que te reconozcan el despido improcendente y poder cobrar vuestra indemnización correspondiente.
No os quedéis de brazos cruzados! Firmar NO CONFORME os dará derecho a reclamar lo que os pertenece!
Digamos NO a esta Reforma! No al despido gratis! No a la destrucción de empleo!
!!!!!! CONTRA LA REFORMA LABORAL, HUELGA GENERAL!!!!!!
Consultad cualquier duda que tengáis a vuestros delegados de la Sección Sindical de UGT!!!!.
Miembros de la Sección Sindical de UGT en Konecta BTO:
Teresa Capilla, Fina Jorba, Gemma Cabrera, Montse Galvan, Antonio Garcia, Nati Martín, Esther Villalba, Juan Carlos Cano, Manoli Carmona.
http://ugt-agmkonectabto.blogspot.com
ugtkonectabcn@gmail.com
facebook.com/ugtkonectabcn
miércoles, 7 de marzo de 2012
Manifestación 11 de marzo
Compañer@s!!!!
Las manifestaciones contra la Reforma no se detienen!
El próximo Domingo, 11 de Marzo, os esperamos a tod@s en el cruce de Avda.Diagonal con Paseo de Gracia a las 12h!!!
Las pretensiones de este Gobierno de recortar todos nuestros derechos no tienen límite, así que nuestras actuaciones tampoco deberían tenerlo!!!! Si ellos siguen con su menosprecio hacia todos los trabajadores, nosotros seguiremos saliendo a la calle para expresar que ESTAMOS EN CONTRA DE ESTA REFORMA!!!!
Compañer@s, esta Reforma nos ataca directamente, a trabajadores en activo, a personas en situación de desempleo, a personas mayores, a los estudiantes, y generaciones futuras!!!!
No nos quedemos callados! Ya sabéis: QUIEN CALLA OTORGA! Y no estamos dispuestos a dejar que nos pisoteen! Nos ha costado mucho trabajo y esfuerzo conseguir las condiciones laborales que habíamos conseguido! Y ahora: NOS LAS VUELVEN A ARREBATAR!!!!
NO AL DESPIDO LIBRE! NO A LA ESCLAVITUD EN EL TRABAJO! NO AL PODER ABSOLUTO DEL EMPRESARIO!
Salgamos a la calle: DIGAMOS NO! NO A ESTA REFORMA!
Nos vemos el domingo a las 12h en Diagonal con Paseo de Gracia!!!!!! No faltéis!
Saludos!
Sec. Sind. UGT KONECTA BTO
Las manifestaciones contra la Reforma no se detienen!
El próximo Domingo, 11 de Marzo, os esperamos a tod@s en el cruce de Avda.Diagonal con Paseo de Gracia a las 12h!!!
Las pretensiones de este Gobierno de recortar todos nuestros derechos no tienen límite, así que nuestras actuaciones tampoco deberían tenerlo!!!! Si ellos siguen con su menosprecio hacia todos los trabajadores, nosotros seguiremos saliendo a la calle para expresar que ESTAMOS EN CONTRA DE ESTA REFORMA!!!!
Compañer@s, esta Reforma nos ataca directamente, a trabajadores en activo, a personas en situación de desempleo, a personas mayores, a los estudiantes, y generaciones futuras!!!!
No nos quedemos callados! Ya sabéis: QUIEN CALLA OTORGA! Y no estamos dispuestos a dejar que nos pisoteen! Nos ha costado mucho trabajo y esfuerzo conseguir las condiciones laborales que habíamos conseguido! Y ahora: NOS LAS VUELVEN A ARREBATAR!!!!
NO AL DESPIDO LIBRE! NO A LA ESCLAVITUD EN EL TRABAJO! NO AL PODER ABSOLUTO DEL EMPRESARIO!
Salgamos a la calle: DIGAMOS NO! NO A ESTA REFORMA!
Nos vemos el domingo a las 12h en Diagonal con Paseo de Gracia!!!!!! No faltéis!
Saludos!
Sec. Sind. UGT KONECTA BTO
lunes, 24 de octubre de 2011
miércoles, 18 de mayo de 2011
viernes, 8 de abril de 2011
Paros en Konecta BTO
Compañeros concentrados en la puerta de Konecta BTO Trajano durante los paros de 15 minutos en protesta por el bloqueo del convenio.
miércoles, 23 de marzo de 2011
miércoles, 2 de marzo de 2011
lunes, 24 de enero de 2011
Konecta BTO no quiere pagar atrasos al personal que finalizó su relación contractual con la empresa
A tod@s los ex-trabajadores de Konecta BTO pendientes de cobrar atrasos 2009-2010:
Como al parecer la empresa necesita una denuncia encima de la mesa para cumplir con sus obligaciones, hemos tramitado denuncia ante la Inspección de Trabajo, ya que al parecer la empresa no tiene intención de abonar los atrasos a aquel personal que ya no se encuentra en la empresa (despidos, excedencias, bajas voluntarias)...Esperemos que esta primera medida de presión de sus frutos... mientras os animamos a tod@s a interponer demanda por la vía judicial (reclamación de cantidad, para lo cual recordad, tenéis un año).
Que no se queden con lo que es tuyo!!!!
Como al parecer la empresa necesita una denuncia encima de la mesa para cumplir con sus obligaciones, hemos tramitado denuncia ante la Inspección de Trabajo, ya que al parecer la empresa no tiene intención de abonar los atrasos a aquel personal que ya no se encuentra en la empresa (despidos, excedencias, bajas voluntarias)...Esperemos que esta primera medida de presión de sus frutos... mientras os animamos a tod@s a interponer demanda por la vía judicial (reclamación de cantidad, para lo cual recordad, tenéis un año).
Que no se queden con lo que es tuyo!!!!
lunes, 15 de noviembre de 2010
viernes, 12 de noviembre de 2010
Aviso importante a todos los trabajadores
Os informamos que ya se han empezado a realizar despidos aplicando la Reforma Laboral, acogiéndose en este caso el art. 52 del Estatuto y su consecuente modificación con la temida reforma laboral:
La letra d) del artículo 52 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, queda redactada en los siguientes términos: «d) Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses, siempre que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 2,5 % en los mismos periodos de tiempo.
La letra d) del artículo 52 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, queda redactada en los siguientes términos: «d) Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses, siempre que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 2,5 % en los mismos periodos de tiempo.
No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda.
Informaros que esta Sección Sindical no ha sido informada de los datos de absentismo, motivos a los cuáles se acoge la empresa para llevar a cabo estos despidos y tomaremos las medidas sindicales y legales oportunas.
NO podemos ni debemos consentir esta situación
Qué se supone que tenemos que hacer ahora los trabajadores si estamos enfermos?
Coger bajas largas para que no seamos despedidos? Eso es lo que quiere Konecta? .No es posible que seamos los trabajadores y las trabajadoras los que paguemos esta reforma, por eso la postura de UGT será demandar en Inspección, en el Tribunal Laboral y ante los juzgados, esta Reforma que vulnera gravemente nuestros derechos y nos deja indefensos ante los abusos de poder de la empresa
Antes del mes de septiembre la Reforma sólo era una amenaza, ahora ya se ha hecho realidad y ya se empieza a cobrar sus primeras victimas!!!!
Recordad, ante un despido:
1-pedid asistencia de un delegado sindical en el momento del despido
2-Firmad “no conforme” para poder proceder a iniciar una demanda
PLANTEMOS CARA A LA REFORMA LABORAL
A TODO EL PERSONAL QUE NO HA COBRADO LOS ATRASOS DEL IPC 2009
La Sección Sindical de UGT está iniciando los trámites para iniciar demanda por la vía judicial, para la reclamación del pago de los atrasos del 2009.
Los que estéis interesados en sumaros a la demanda poneros en contacto con nosotros, y os informaremos.
Lo podéis hacer a través de cualquier miembro de la Sección Sindical, a través de mail o facebook.
Mail: ugtkonectabcn@gmail.com
Facebook: facebook.com/ugtkonectabcn
Los que estéis interesados en sumaros a la demanda poneros en contacto con nosotros, y os informaremos.
Lo podéis hacer a través de cualquier miembro de la Sección Sindical, a través de mail o facebook.
Mail: ugtkonectabcn@gmail.com
Facebook: facebook.com/ugtkonectabcn
miércoles, 10 de noviembre de 2010
lunes, 8 de noviembre de 2010
Als ex-treballadors de Konecta BTO a Barcelona
Recordeu que ja podeu sol.licitar els atrasos del IPC 2009. Disposem del model per poder sol.licitar-ho, ens ho podeu demanar via facebook (missatge privat) o bé via mail. Si voleu fer-ho a través del mail de RRHH recordeu d'indicar número de telf i c/c on voleu que us facin l'ingrés.
Per a qualsevol dubte o aclariment, estem a la vostra disposició.
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